Violencia vicaria – Su relación con la violencia económica -Reunión de Septiembre ya en YouTube

Ya se puede acceder a la reunión del mes de septiembre en YouTube de Herramientas jurídicas donde la Dra. Liliana Rocca aborda un tema controvertido que afecta a los niños, niñas y adolescentes: la violencia económica en las prestaciones alimentarias derivadas de la responsabilidad parental y su relación con la violencia vicaria.

La Dra. Rocca sostiene que, cuando el progenitor obligado incumple la cuota alimentaria derivada de la responsabilidad parental, el caso debe resolverse desde un enfoque integral de la violencia de género. Ese enfoque obliga a reconocer que la privación de recursos económicos contribuye de forma decisiva a consolidar el ciclo de maltrato.

Añade que estudiar la relación entre la violencia económica y la violencia vicaria supone admitir que los hijos e hijas de la mujer maltratada son víctimas indirectas de esa violencia.

Expuso recientemente esta cuestión en el XVII Congreso Latinoamericano y del Caribe sobre Niñez, Adolescencia y Familia, celebrado los días 30 y 31 de julio de 2026 en la sede del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Su intervención en la Comisión 3 obtuvo el premio a la mejor ponencia.

En ella analiza la jurisprudencia reciente de los tribunales argentinos. Estos tribunales han empezado a considerar que restringir los recursos mediante el impago de alimentos es una forma más de violencia contra las mujeres. Son ellas quienes acaban asumiendo en solitario el coste económico de criar a sus hijos e hijas, con la consiguiente pérdida de autonomía y sobrecarga. La doctrina argentina cuenta además con un precedente especialmente relevante: una resolución que prohibió al progenitor alimentante salir del país y le suspendió la licencia de conducir. Esa resolución relaciona expresamente el incumplimiento alimentario reiterado con la violencia económica y de género.

Nuestra compañera formula una propuesta dirigida a la sociedad y a los operadores jurídicos. Cuando se discuta una cuota alimentaria debida a un hijo o a una hija, los tribunales deberían cuantificar económicamente las tareas de cuidado que asume la progenitora. A su juicio, esa cuantificación es una obligación del órgano judicial que conoce del asunto, porque sirve para determinar el alcance del deber que corresponde a cada progenitor.

En la reunión de este mes le damos la bienvenida y conversamos con ella sobre su visión de esta materia. Es un espacio pensado para la práctica diaria, en el que las propuestas se traducen en acciones concretas.

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